¿Qué es una Rehabilitación de Pensión de Montepío?
En caso que el o la pensionada deja de cobrar su pensión de montepío por cualquier causa, por un período superior a tres meses, la Caja de Previsión de la Defensa Nacional se encuentra facultada para suspender dicho pago. Esta situación se regulariza a petición de el o la interesada ante la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas, indicando los motivos por los cuales no fue cobrada la pensión durante el período antes indicado, a objeto que se dicte la resolución respectiva rehabilitando el citado beneficio.
Documentos indispensables para rehabilitar una pensión de montepío.