¿Qué es una Asignación Familiar?
Es un beneficio consagrado por el Sistema Único de Prestaciones Familiares, que le asiste al titular de la pensión de retiro por los causantes que viven a sus expensas, y a la montepiada por las cargas que hubiese tenido derecho el pensionado, conforme a la reglamentación vigente para este efecto.
Causantes de Asignación Familiar
¿Cuáles son los tipos de Asignación Familiar?
En el caso de las personas mencionadas anteriormente, serán requisitos comunes para causar los beneficios de asignación familiar, que éstas vivan a expensas del beneficiario que las invoque y que no disfruten de una renta, cualquiera que sea su origen procedencia, igual o superior al cincuenta por ciento del ingreso mínimo mensual a que se refiere el inciso primero del artículo 4º de la ley Nº 18.806.
En caso de extinción del derecho, el beneficiario deberá comunicar tal circunstancia a la respectiva institución pagadora, dentro del plazo de 60 días contado desde que ella acontezca.
El artículo 18 del DFL. 150 de 1981, sobre normas de prestaciones familiares, señala que todo aquel que percibiere indebidamente este beneficio, sea proporcionando antecedentes falsos que los determinen, sea omitiendo la obligación señalada en el inciso 3º del artículo 11 o por otro medio fraudulento cualquiera, será sancionado con la pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio, sin perjuicio de la restitución de las sumas indebidamente percibidas.
¿Cuál es la Vigencia de la Asignación Familiar?
Se concederá desde el momento en que se produzca la causa que la genere; pero sólo se hará exigible a petición del interesado y una vez acreditada su existencia.
Aquella causada por los hijos, se otorgará desde la fecha de su nacimiento y hasta el 31 de Diciembre del año en que cumplan 18 años.
Después de los 18 años, se deberá elevar una nueva solicitud invocando el beneficio en calidad de hijo soltero estudiante, la cual se otorgará hasta el 31 de Diciembre del año que cumpla los 24 años de edad, que sigan cursos regulares en la enseñanza media, normal, técnica, especializada o superior en Instituciones del Estado o reconocidos por éste, con una duración mínima de 4 Semestres.
Una vez reconocido el beneficio, el pensionado deberá acreditar ante la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, semestralmente la condición de alumno regular. La no presentación de este documento, faculta a la CAPREDENA a suspender el beneficio.
El pago de beneficio de asignación familiar estará condicionado a los montos de pensión, establecidos en la normativa legal dictada para estos efectos.
Documentos indispensables para el otorgamiento de asignación familiar
Cónyuge:
Hijos (menores de 18 años)
Hijos (mayores de 18 años)
Nietos y bisnietos y menores al cuidado personal del beneficiario
Madre viuda
Ascendientes mayores de 65 años: