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Ministerio de Defensa Nacional

Asuntos Previsionales


La Subsecretaría para las Fuerzas Armadas  es la encargada de elaborar  todos los actos administrativos inherentes a la previsión del personal de las Instituciones de la Defensa y sus organismos dependientes, otorgando los beneficios de Pensión de Retiro, Pensión de Montepío, Asignación Familiar y Devolución de Imposiciones, entre otros. Ponemos a disposición de ustedes las características de los distintos beneficios previsionales, información sobre documentos que hay que adjuntar, formularios y horarios de atención.

Más  información  sobre servicios previsionales de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas:

Más  información  sobre lugar y horarios de atención para realizar trámites de servicios previsionales de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas:

Fuentes legales de asuntos previsionales de la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas:

  • D.F.L. (G) Nº 1 de 1968 y 1997, “Estatutos de Personal de las FF.AA.”
  • Ley Nº 18.948, “Orgánica Constitucional de las FF.AA.”
  • D.L. Nº 307 de 1974, “Sistema Único de Prestaciones Familiares”.”.
  • DFL. Nº 150, de 1981, “Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de las Normas Sobre Sistema Único de Prestaciones Familiares”.
  • Ley 19.585,  Modifica el Código Civil, ley de filiación.
  • Ley 18.263,  Establece normas de reajustes de pensiones.
  • Ley 18.694,  Fija norma complementaria para cálculo de  pensiones del personal afecto al Estatuto del Personal de la Fuerzas Armadas.